por Copesna ltda.
Publicado el 2021-05-03
El presente documento establece la metodología a seguir para el desarrollo de servicios funerarios para el caso de personas fallecidas por cualquier causa, excepto COVID-19. Para el manejo de cadáveres de personas fallecidas por COVID-19, se aplicarán las recomendaciones dispuestas en el “Procedimiento para el manejo de cadáveres de casos de COVID-19” desarrollado por el Ministerio de Salud de la Nación, por lo que no está permitido realizar velatorios.
Las recomendaciones contenidas en este documento se han elaborado en respuesta a la situación epidemiológica actual y con el conocimiento disponible a la fecha, y podrán ser revisadas y/o modificadas ante los cambios que se produzcan en el contexto de la enfermedad, o las nuevas evidencias sobre el comportamiento del SARS-CoV-2.
Dado que la autoridad sanitaria provincial recomienda no ofrecer un velatorio en sala, ni cortejo o ceremonia de entierro que implique una reunión de personas, el personal de sepelio intentará instar a los familiares a que no se realice tal evento. Sin embargo, en los casos en los cuales se haga imprescindible la realización, los mismos deben ser regidos de manera estricta por las siguientes normas:
Estimado Socio-Usuario: Si usted es titular del suministro tiene derecho de realizar reclamos ante el Organismo de Control de Energía Eléctrica de la provincia de Buenos Aires (OCEBA), según lo establece el Artículo 1 del Reglamento de Suministro y Conexión, y derecho de estar informado de los Cuadros Tarifarios Vigentes que se publican en la web de dicha entidad.